Canarias, ¿cada vez más alejada de la economía de mercado?

oferta-demandaPor economía de mercado se entiende «la organización y asignación de la producción y el consumo de bienes y servicios que surge del juego entre la oferta y la demanda» (wikipedia). Las decisiones sobre las inversiones y la asignación de los bienes de producción se producen principalmente a través de los mercados. Es lo que se denomina el mercado libre, si bien no hay consenso general sobre cuál es el grado de intervención permisible sin que una economía de mercado pase a ser una economía dirigida, que es propia de regímenes totalitarios.

Wilhelm Röpke, uno de los padres de la economía social de mercado alemana, clasificaba las intervenciones del Estado en «conformes» y «no conformes»: las primeras pretenden asegurar el funcionamiento de las leyes del mercado (p.ej. legislación anti-monopolios), mientras las segundas interfieren o bloquean su funcionamiento (p.ej. regulaciones de precios o salarios). La economía de mercado, tal como se concibe dentro del liberalismo moderno, acepta y considera necesarias las «intervenciones conformes», pero rechaza las «no conformes».

En este contexto, este post analiza el grado de libertad económica en Canarias: ¿está más cerca de la economía de mercado o de la economía dirigida?, ¿el alto intervencionismo canario atiende a criterios «conformes» o «no conformes»?, es decir, ¿las intervenciones aseguran el funcionamiento de las leyes de mercado o más bien lo bloquean? Para ello parto de las tres bases generales sobre las que se asienta la economía de mercado: la propiedad privada, la seguridad jurídica y el libre intercambio comercial. Veamos el grado de presencia que tienen estas bases en la economía canaria, en concreto en el sector que hace de motor económico: el turismo.

1) Política turística canaria: ¿Respeto a la propiedad privada?

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Propiedad privada: la esencia de la democracia

Recordemos que una de las consecuencias de la primera moratoria (Ley de Directrices 2003) fue la reclamación de empresarios con parcelas turísticas con derechos vigentes (planes parciales aprobados), que pidieron una indemnización por la anulación de dichos derechos. El efecto para dichas parcelas fue peor que una expropiación integral de la propiedad, pues sólo se expropiaban los derechos urbanísticos, quedando el suelo sin valor y continuando, sin embargo, vigentes las obligaciones del propietario (pago del IBI), sin recibir éste indemnización alguna. Se puede definir como un “corralito al suelo”: el suelo está ahí, pero no se le puede dar el uso para el que el Gobierno de turno lo había clasificado (ver más detalle en: «¿Múltiple ilegalidad de la moratoria?»). La intervención administrativa en Canarias llega, por tanto, incluso a superar a intervenciones propias de economías dirigidas con relación a la propiedad privada.

Llama especialmente la atención la falta de sintonía mostrada durante los últimos años por el Ejecutivo canario con los empresarios, denominándolos «amasadores de dinero» o “depredadores del territorio”. Nótese las implicaciones conceptuales de la componente “territorio”, con la que, en el contexto de un estado de derecho y una supuesta economía de mercado, se pretende dar un matiz de propiedad común a un suelo que, sin embargo, en su mayor parte no es de propiedad pública. Estamos, por tanto, ante una depreciada asimilación de lo que es la propiedad privada.

2) Política turística canaria: ¿Garantía de seguridad jurídica?

seguridad-juridicaLa seguridad jurídica se refiere principalmente al estricto cumplimiento de los contratos. Quizás el ejemplo actual más claro de múltiple inseguridad jurídica es el caso del Oasis de Maspalomas: a una empresa hotelera (RIU), con todos los permisos vigentes para efectuar una rehabilitación integral, se le anula el permiso concedido, todo ello en base a intereses que nada parecen tener que ver con protecciones medioambientales o de interés cultural, mientras que los demás hoteles del Oasis también han quedado desclasificados del Plan General, es decir, después de más de 40 años en funcionamiento dichas propiedades quedarán en una situación «ilegal». Es muy difícil proyectar una imagen de mayor inseguridad jurídica.

Por otro lado, la seguridad jurídica también puede ser entendida como claridad legislativa, es decir, normativas claras y que no se contradigan entre sí. Este no es el caso en Canarias, ni mucho menos, donde las normativas turísticas se han ido aprobando sucesivamente sin derogar las anteriores, por lo que hay actualmente más de 17 legislaciones turísticas vigentes (leyes, decretos), además con contenidos ambiguos, confusos y contradictorios entre sí. De ahí que hace años se hable de una «maraña burocrática» prácticamente infranqueable para los inversores.

3) Política turística canaria: ¿Libre intercambio comercial?

beneficios-de-un-tlcEl libre intercambio comercial se refiere a la ausencia de interferencias que distorsionen la libertad de interacción de los operadores en el mercado, es decir, la ausencia de intervenciones «no conformes». Tampoco se da el caso en Canarias, como podemos ver con tres ejemplos:

– En el 2011 la intervención a través de las bonificaciones aéreas distorsionó significativamente el mercado del transporte aéreo a favor de los operadores más flexibles (líneas low-cost), lo que habría podido conllevar reprimendas de las fieles líneas tradicionales (desvío o recorte de rutas en verano) de no haber coincidido la fecha con el comienzo de la primavera árabe.

– En el 2012 el anteproyecto de la tercera moratoria pretendía imponer al empresario la obligación de ceder la contratación del 70% del personal de nuevos hoteles al SCE, lo cual sería una severa intervención en el mercado laboral y la política empresarial de RRHH. Como decía el representante de la patronal hotelera: «Esto no sucede ni en Cuba con Fidel Castro».

– En el 2013 se aprobó la tercera moratoria (Ley de Renovación Turística), que sólo permite como excepciones los hoteles nuevos de cinco estrellas y de gran lujo. Ello motivó el recurso del Gobierno central al Tribunal Constitucional, pues la limitación de categorías “supone una barrera de entrada a nuevos operadores”, algo contrario a la normativa nacional y europea.

Estamos ante intervenciones que el economista Wilhelm Röpke clasificaría como «no conformes» por sus efectos distorsionantes en la competencia. Es más, la moratoria misma podría ser la mayor intervención del tipo «no conforme» habida, pues las distorsiones han sido cruciales, como por ejemplo la creación de oligopolios artificiales en determinados núcleos turísticos que han tenido demanda asegurada por la escasez de competencia (por la reducción de la presión competitiva local) y el generalizado retraso de rehabilitaciones por el mismo motivo.

Además, resulta sorprendente que la construcción de nuevas camas turísticas esté restringida desde hace 13 años a algunas excepciones casi utópicas, mientras se esté permitiendo la incorporación descontrolada al mercado de miles de viviendas de alquiler vacacional. Es decir, el Ejecutivo interviene desestabilizando el mercado donde no hace falta intervenir (moratorias), pero no lo hace donde sí hace falta una regulación que garantice una competencia justa, como es el caso de las viviendas de alquiler vacacional que hacen competencia desleal a las camas regladas. Por tanto, estamos ante un exceso de «intervenciones no conformes» (distorsionadoras de la competencia), a la vez que una carencia de «intervenciones conformes» (garantes de una competencia justa).

Conclusiones

En conclusión: las tres bases de la economía de mercado (respeto a la propiedad privada, seguridad jurídica, libre intercambio comercial) no están muy presentes en la política turística de Canarias. Este alejamiento de conceptos económicos liberales contrasta frontalmente con los acercamientos a la economía de libre mercado que se están produciendo a nivel global en casi toda Europa (ver: «Casi toda la izquierda europea gira hacia el liberalismo»; libremercado.com).

A pesar de que el Ejecutivo canario ha mostrado durante los últimos años «una cierta aversión a la economía de mercado» y ha dado visos de sentirse más cómodo en el ámbito de una economía dirigida, el marco legal actual constantemente le ha tenido que recordar las normas básicas de la economía de mercado con el fin de preservar la competencia, como, por ejemplo, impidiéndole dar preferencia a los residentes en la contratación o impidiéndole regular precios máximos para conexiones aéreas con la Península, así como tarde o temprano también le retirará la barrera que restringe el acceso al mercado de nuevos operadores hoteleros de menos de cinco estrellas.

Tenemos que tener muy claro que el capital es miedoso. Y que la creación de empleo va ligada a la inversión del capital. El peligro de la sustracción de una propiedad turística (sea del suelo o de sus derechos urbanísticos), el incumplimiento de contratos, textos legislativos ambiguos y contradictorios, así como las trabas a la libre interacción de operadores en el mercado, no hacen otra cosa que espantar a la inversión y, con ello, imposibilitar la creación de nuevo empleo. Es decir, que cuanto más nos distanciemos de la economía de mercado, cuanto más intervengamos distorsionando y bloqueando su funcionamiento, más alejados estaremos también de poder crear nuevo empleo real(*), pues, en definitiva, el empleo lo crea el mercado.

Termino el post con unas palabras de Luis Garicano, Catedrático de Economía y Estrategia en la London School of Economics, extraído del análisis económico «Sin medias tintas» (2014): «Si no introducimos ese mayor grado de liberalización y competencia en nuestros mercados, financiar el Estado será cada vez más difícil.[…] No se puede financiar un Estado de Bienestar moderno si antes no se genera riqueza suficiente. ¿Y dónde se genera esa riqueza? Se genera en el mercado.»
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(*) Nota: Con nuevo empleo real me refiero, como ya comentado en posts anteriores, al empleo estable sostenido por una demanda real de mercado, en contraposición al empleo subvencionado sostenido por políticas de subsidio (con todo el respeto a las políticas activas de empleo, que tienen una función vital como la inserción laboral de determinados colectivos, pero que no pueden ser consideradas de por sí estrategias de creación de empleo); ver post anterior: «Los pilares del nuevo empleo (1)» y «Los pilares del nuevo empleo (2)».

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Noticias y artículos relacionados:
«Casi toda la izquierda europea gira hacia el liberalismo», en libremercado.com, 30.08.2014.
«Políticos idealistas forjadores de misera», en el Blog de Daniel Garzón Luna, 22.09.2014.
«Rivero tiene una cierta aversión a la empresa y el empresario», entrevista a Agustín Manrique en laprovincia.es, 24.12.2011.

Publicación relacionada:
«Sin medias tintas: 20 entrevistas sobre la gran recesión», Diego Sánchez de la Cruz, Unión Editorial, Madrid, abril 2014.


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